El Comité de Ética en Investigación (CEI) del IUCS - Fundación H. A. Barceló funciona desde mediados de la década del noventa conforme Res. HCS Nº 899/2000. Su creación se realizó en el marco de la voluntad institucional de contar con un órgano colegiado que implementara la supervisión y monitoreo de los aspectos éticos de los proyectos de investigación internos del IUCS que se venían desarrollando sistemáticamente en las diferentes carreras de grado y posgrado que conformaban la oferta institucional, como así también los protocolos de investigación externos que requerían los servicios de evaluación ética de los mismos.

Conforme procedimiento establecido por la Ley 3301/2009 y su decreto reglamentario N° 58/2011, el CEI IUCS logró su primer pedido de acreditación en el año 2011, mediante Res. 1012-MSGCBA/2011, y actualmente cuenta con su última reacreditación en octubre de 2020, mediante Resolución NO-2020-24957717-GCABA-DGDIYDP y habilitado por el GCBA mediante la Disposición 2020-163-GCABA-DGDIYDP.

Este órgano colegiado desarrolla sus funciones basándose en las leyes, normativas y disposiciones nacionales e internacionales referidas u aplicables al campo de la investigación clínica, como aquellas previstas en los códigos de fondo (Código Civil, Penal, etc.). De esta manera, las investigaciones deberán encuadrarse normativamente según legislación nacional y principios éticos internacionales para las investigaciones médicas en seres humanos, entre las que se destacan el Código Nüremberg, Informe Belmont, Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial 2013, Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos aprobada por la Conferencia General de la UNESCO 2005, Documento de las Américas sobre Buenas Prácticas Clínicas (OPS 2005), Guías operacionales para comités de ética que evalúan investigación biomédica (OMS 2000), Pautas y orientación operativa para la revisión ética de la investigación en salud con seres humanos (OPS 2012),  Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en Seres Humanos establecidas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS 2016), Declaración sobre las Consideraciones Éticas de las Bases de Datos de Salud y los Biobancos (AMM 2016). 

Estas normas establecen la importancia de la revisión ética y científica de la investigación biomédica, del proceso del consentimiento informado y de la protección apropiada de grupos vulnerables. El CEI IUCS considera que el Derecho a la Salud, aún en contexto de investigación clínica, es un derecho humano básico, esencial y necesario, que se vincula con el respeto por la dignidad de la persona humana. Es un bien jurídico universal. Los Procedimientos Operativos Estándares (POEs) tienen por objetivo preservar la dignidad, los derechos, la seguridad, la integridad y el bienestar de los participantes, como del grupo o la comunidad alcanzada por la investigación. El bienestar y el mejor interés del sujeto de investigación se respeta de acuerdo a sus propias creencias, valores y cosmovisión particulares, y las de su grupo o comunidad, sin ningún tipo de preconcepto o prejuzgamiento por parte del CEI. Las características particulares de índole social, económica y cultural de nuestro país y las diferencias que se evidencian a nivel regional e incluso en cada centro de salud, hacen necesario diseñar procedimientos adecuados a la realidad local para mejorar aún más la protección de los derechos de los participantes en investigación biomédica y la calidad científica de las mismas. 

De esta manera nuestro CEI cumplimenta con los estándares exigidos, brindando el servicio de evaluación y monitoreo de proyectos de investigación (en estadios preclínicos y fases I a IV), incluyendo el asesoramiento a los investigadores interesados, que requieren ser acreditados ante el Comité Central de Ética del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y requieran de la aprobación de un Comité de Ética.